A.P.I..
Agente de la propiedad industrial
Euribor
Fianza
Finca
Garantía
personal
Gastos
de gestión
Gastos
de gestoría
Gastos
de notaría
Hipoteca
IBI
Impuesto
Actos Jurídicos Documentados
Impuesto
de Transmisiones Patrimoniales
Indice
de referencia
Interés
de demora
Interés
fijo
Interés
variable
IVA
Licencia
de obra
Notaría
Notario
Novación
Periodicidad
Amortización: Devolución
total o parcial de un préstamo, según lo pactado con la entidad
financiera. La amortización puede ser mensual, semestral o anual.
Amortización anticipada:
Devolución total o parcial de un crédito
antes de la fecha pactada. Habitualmente
se encuentra sometida a comisión que varía según el tipo
de interés del préstamo.
Arras:
Cantidad de dinero que entrega la parte compradora al vendedor como garantía
de que comprará la vivienda en un plazo determinado. Si la operación
llega a buen término, las arras son consideradas como pago a cuenta.
ASNEF:
Asociación nacional de entidades de financiación.
En el ASNEF aparecen deudas impagadas estén aceptadas o no, donde además
de las entidades financieras también los utilizan grandes compañías
de servicios como las de telefonía o electricidad.
Avalista:
Persona que interviene como garante en un préstamo y que asume las resposabilidades
de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus intereses.
Cancelación:
Extinción de la hipoteca por liquidación
de la deuda pendiente
Capital:
Importe nominal del préstamo hipotecario. Total
de la deuda pendiente, sin incluir los intereses.
Cargas:
Limitaciones al dominio de una finca. Constan en documento
público y se inscriben en el Registro de Propiedad. Son algunos ejemplos:
las hipotecas, usufructos, condiciones resolutorias, etc. No todas suponen derechos
económicos y son cancelables con la extinción del derecho que
representan.
Cédula
de habitabilidad: Docuemento que debe recoger
si la finca elegida es la idónea para el uso que se pretende dar a la
vivienda. Debe elaborarse antes de la ocupación de una vivienda de nueva
construcción. Es imprescindible para la obtención de una hipoteca.
Certificado
registral: Documento expedido por el Registro
de la Propiedad en el que se expone la situación de cargas de una finca.
Cirbe:
Central de Información de Riesgos del Banco de
España, lugar donde recurren las entidades financieras, bajo autorización
del cliente, para consultar los niveles de riesgo y morosidad de los interesados
en contratar un préstamo hipotecario.
Comisión
de apertura: Importe que se paga al formalizar
un préstamo, en contraprestación a los gastos administrativos,
informáticos y de gestión que conlleva su apertura. Se paga por
una sóla vez y suele ser un porcentaje sobre el capital prestado.
Comisión
de cancelación anticipada: Pago que
se devenga al amortizar anticipadamente una deuda, para préstamos hipotecarios
normalmente es un 1% , para créditos personales está en torno
al 3% , según se pacte con la entidad financiera.
Comisión
de subrogación: Porcentaje que se aplica
sobre el capital pendiente en caso de que el prestatario cambie de entidad acreedora
para mejorar las condiciones en otro banco.
Comunidad
de propietarios: Conjunto de cotitulares de
un inmueble dividido en propiedad horizontal.
Costes
del registro de la propiedad: Costes que se
derivan de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
Cuota:
Importe a pagar, en el cuál se engloba capital
más intereses.
Diferencial:
Documento expedido por un notario en el que figuran las condiciones establecidas
entre las partes. Para que tenga validez jurídica ha de inscribirse en
el Registro de la Propiedad.
División
en propiedad horizontal: División de
un inmueble en varias fincas registrales independientes, a las que se le asigna
un coeficiente de copropiedad o participación del total del inmueble.
Se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Escritura
pública: Es el contrato definitivo de
compra-venta que se firma ante Notario y atribuye la propiedad al comprador,
que resulta propietario de lo comprado.
más
terminos
Euribor:
Indice de referencia oficial. Se define como la medida
simple de los tipos de interés diarios, aplicados para las operaciones
cruzadas al plazo de un año en el mercado de depósitos interbancarios
de la zona de la Unión Monetaria, entre las 64 entidades financieras
con mayor nivel de negocio.
Fianza:
Es el importe que se entrega a cuenta para reservar el
derecho de compra de un inmueble
Finca:
Propiedad rústica o urbana, que puede inscribirse
en el Registro de la Propiedad.
Garantía
personal: Patrimonio del deudor que comprende
todos sus bienes presentes y futuros. Sirve de garantía para el cumplimiento
de cualquier obligación. Existe la posibilidad de que responda con sus
bienes una tercera persona que no sea el deudor.
Gastos
de gestión: Son los producidos por la
tramitación y gestión en Notaría, Registro de la Propiedad
y Administración de Hacienda. Son efectuadas por profesionales de la
entidad que concede la hipoteca.
Gastos
de gestoría: Son los gastos que se derivan
de los trámites de la escritura, de la liquidación de impuestos
y de las gestiones que se llevan a cabo en el Registro de la Propiedad.
Gastos
de notaría: Comprenden
los honorarios y gastos del notario.
Hipoteca:
Derecho real que se constituye en garantía del
cumplmiento de unas obligaciones contraidas con un tercero (préstamos,
letras). Junto al pago del principal, garantiza el cobro de los intereses ordinarios,
moratorios, costas y gastos derivados de la eventual reclamación judicial
en caso de incumplimiento del pago.
IBI:
Tasa municipal que graba la propiedad de una finca. Se
cobra anualmente y en función al valor catastral asignado a la finca.
Impuesto
Actos Jurídicos Documentados: Este impuesto
grava las escrituras de constitución de los préstamos hipotecarios
y de la cancelación de los mismos. Debe pagarse por el hecho de formalizar
la escritura pública. Actualmente, el tipo de gravamen aplicable es del
0,5% del valor de la garantía hipotecaria y lo paga el comprador a Hacienda
en el momento de la adquisición.
Impuesto
de Transmisiones Patrimoniales: Para viviendas
de segunda mano. Grava las transmisiones de patrimonio que implican un intercambio
de bienes. El tipo aplicable es el 6%.
Indice
de referencia: Lo compone los valores del mercado
hipotecario o financiero, empleados para revisar los tipos de interés
de los préstamos a tipo variable. El Banco de España se encarga
de establecer los índices de referencia oficiales. Existen diferentes
índices: el CECA, el de la deuda pública, el Mibor, el IRPH de
los Bancos, el IRPH de las Cajas y el IRPH del conjunto de entidades financieras.
Interés
de demora: Interés adicional que se
cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo. Se calcula en función
de los días de retraso en el pago, son pactadas a priori por la entidad
financiera y el cliente.
Interés
fijo: El tipo de interés nominal permanece
invariable a lo largo de la vida del préstamo con independencia de las
variaciones del mercado hipotecario. Permite asegurar que aunque varíen
los tipos de interés, no cambiarán las condiciones de su préstamo
y pagará siempre lo mismo.
Interés
variable: Se fija en relación con un
índice de referencia, que evoluciona al alza o a la baja, según
las oscilaciones del mercado, al que se suma un margen o diferencial, estableciéndose
una revisión periódica de actualización del índice.
En esta modalidad, el tipo de interés se revisa semestralmente, de modo
que la cuota mensual se ajusta a las tendencias del mercado. En este caso, el
plazo de su préstamo se mantendrá siempre fijo, variando periódicamente
las cuotas mensuales.
IVA:
En el caso de viviendas de primera mano. Grava la venta
cuando el que vende es un empresario. Es el 7% del valor de la vivienda.
Licencia
de obra: Se trata de un permiso que conceden
los Ayuntamientos para poder iniciar obreas o modificaciones en la arquitectura
de un inmueble.
Notaría:
El Notario da fé pública de la escritura,
es decir, certifica la operación y podrá ser elegido libremente
por el solicitante de entre los que operen en la plaza.
Notario:
Profesional con capacidad legal para dar fé públiva
de los actos en los que interviene.
Novación:
Cambio en el plazo o en el tipo de interés pactado,
o ambos.
Periodicidad:
Es la frecuencia con la que pagará las cuotas del
préstamo; por lo que le recomendamos que coincida con la periodicidad
de sus ingresos.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Inicio>Servicios>Diccionario
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| A continuación te ofrecemos
un diccionario útil donde podrás consultar aquellos
términos financieros que necesites manejar a la hora de solicitar
un crédito hipotecario |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|